Comuníquese con su Contador

En estos días se encuentra de “moda” el concepto de Capital Propio Tributario, concepto que se establece en las normas tributarias chilenas y más específicamente en la Ley de Impuesto a la Renta.

La definición de Capital Propio Tributario en términos técnicos refiere a la diferencia entre los activos que representan una inversión efectiva de la empresa y los pasivos exigibles o deudas reales de la misma durante un periodo comercial. La forma de cálculo tiene, al menos dos opciones: la primera basarse en los activos y restarle los pasivos, o bien, calcular directamente dicho capital sobre la base del Patrimonio de la empresa.

Ahora bien, hay aquí dos o tres cosas relevantes. La primera es que este concepto se utiliza para establecer el monto de utilidades afectas al impuesto a la renta. Pero se trata de las utilidades que emergieron de las inversiones efectivas que hizo la empresa, y no del total de activos y pasivos que muestra el Balance General en términos financieros. La norma distingue la información financiera del balance de aquella que es útil en términos tributarios. Tanto es así, que por esta razón se llama Capital Propio Tributario. Si no hubiese diferencia, daría lo mismo el nombre. En el fondo, la norma busca conocer cuál es la renta efectiva de la empresa sobre la cual aplicar el impuesto a dicha renta.

La segunda cosa es que en una empresa hay una serie de movimientos durante el año comercial. Algunos no tendrán efecto sobre la Capital Propio Tributario porque no generaron ganancias ni pérdidas y otras sí. Evidentemente, un elemento clave son las ventas y las compras. Sin embargo, hay otras que parecen más bien invisibles. Inversiones en fondos mutuos, o en valores negociables, o un “préstamo” de los socios a la empresa en un momento de problemas de caja, una boleta de garantía para un proveedor o en la participación de una licitación, aumentos o disminuciones de capital, retiros de los socios a cuenta de las utilidades finales, remesas de dinero a terceros, adquisición de un camión, o un automóvil, una máquina, un contrato de leasing, le asignó uno o más bonos a sus trabajadores, fijó las gratificaciones sin saber cuáles son sus utilidades esperadas, despidió trabajadores sin informar a la Dirección del Trabajo, modificó los turnos de sus trabajadores sin los protocolos que establece la normativa laboral, traspasó activos de la empresa a un tercero y sin cumplir con los protocolos de valorización, etc.

Si usted participa y es el responsable legal de todos los movimientos, pero no le informa al contador, sea éste externo o interno, entonces se iniciará una bola de nieve. El contador sabrá de sus ventas y compras que aparecen en el Servicio de Impuestos Internos, pero en muchas otras operaciones ese contador no tiene idea de las mismas y menos sabrá si originaron ganancia o pérdidas, si fueron inversiones efectivas o no, si se encontraban dentro del giro o no, etc. Dado que hoy día la norma exige información de varias cosas relevantes para fijar de manera correcta los impuestos, la ausencia de dicha información, o la falta de oportunidad para informarla le traerá una serie de problemas con los que deberá lidiar a última hora, con las consiguientes consecuencias de cometer errores y de exponerse a una fiscalización por inconsistencias de lo declarado, aparte de tener que pagar multas muy caras. Y le digo aún más. A veces el propio contador no puede adivinar e incluso puede equivocarse en la determinación del Capital Propio Tributario por verse forzado a adoptar “presupuestos” dado que no le ha llegado la información a tiempo.

Como corolario: informe a su contador de todo movimiento, especialmente de aquellos que no se reflejan en las facturas de compra y/o venta y que se hicieron para generar alguna utilidad en su negocio, o representaron una inversión efectiva. Estará evitando una neuralgia, que es más profunda que un simple dolor de cabeza.

Los buenos contadores son detallistas y preguntan, pero la experiencia muestra que, en el promedio de los clientes las respuestas llegan muy tarde. Pero, si usted tiene un contador que pregunta poco, preocúpese. Contar con información oportuna es vital, tanto para corregir como para justificar. No lo tome a la ligera. La tarea de un contador hoy día ya no es de sólo registrar. El valor que aporta a un negocio es sustantivo si usted sabe aprovechar esas habilidades y no sólo para efectos tributarios sino además para sus decisiones económicas en el negocio. Si usted considera que el contador es un mero transcriptor de transacciones no sólo estará subvaluando el servicio, sino que estará subvaluando su propio negocio.  

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *